Comunicaciones Alhaurin

Comunicaciones en Alhaurin de la Torre

COMUNICACIONES

Hay cuatro formas de comunicarse con los internos: escritas, telefónicas, orales (por cristales) y especiales (“vis a vis”).

Comunicaciones escritas

Salvo casos muy excepcionales la correspondencia postal entre el interno y sus familiares, abogados, allegados o amigos está sujeta al principio de respeto a la privacidad. El centro penitenciario tiene la obligación de llevar un registro de entrada y salida de la correspondencia, debiendo anotar los nombres de los destinatarios y remitentes. Asimismo podrá también limitar el número de cartas que pueden ser enviadas o remitidas, pero normalmente esto último no se suele hacer. Las cartas antes de ser entregadas a los internos, serán siempre abiertas y revisadas en su presencia para comprobar que sólo llevan la misiva y a lo más algún documento o foto. Nunca hay que meter ningún otro objeto, dinero, tarjeta con dispositivos electrónicos… Las que no cumplan con la normativa, no sólo serán interceptadas o devueltas, sino que pueden acarrear consecuencias negativas para los internos.

Comunicaciones telefónicas

La familia nunca puede tomar la iniciativa para ponerse en contacto con el interno de forma telefónica. Es el interno el que tiene que llamar al familiar, si bien sus llamadas están restringidas y controladas por la institución penitenciaria. El interno tiene derecho a 10 llamadas de cinco minutos a la semana, que las pueden usar como quieran, aunque lo normal es que ellos mismos se las administren para toda la semana. Cuando un interno ingresa en prisión se le activan los números que él indica (hasta 4 números distintos), pero tiene un mes para facilitar al centro penitenciario algún documento que demuestre que el nº de teléfono corresponde a quien se dice. Para demostrarlo basta con la fotocopia de un recibo mensual de teléfono donde aparezca el nº de teléfono y el nombre del titular de la línea.

Aunque no siempre ocurre, puede pasar que al cambiar el interno de módulo, hay que volver a activar los números y para ello hay que volver a realizar el mismo proceso que hemos indicado anteriormente. Nuestro consejo es facilitarle al interno más de una fotocopia por cada línea que se desee activar y aconsejarle que las guarden para sucesivas incidencias.

Cuando los familiares están acostumbrados a que los internos los llamen con cierta periodicidad, suelen ponerse muy nerviosos y quedar preocupados si dicha llamada un día no llega. Desde fuera, agravada por la incertidumbre, suelen saltar todas las alarmas y crece el desconcierto entre los familiares. Pero puede haber muchos motivos muy simples que echen al traste la comunicación entre los internos y sus familiares. Nosotros creemos que conveniente no ponerse en lo peor, sino tener paciencia y pensar que ha podido ser por cualquier motivo nimio: se le ha gastado el cupo de llamadas, se ha quedado sin tarjeta de teléfono, se han agotado las tarjetas en el economato, se han averiado los teléfonos de la sala de día (suele haber sólo dos por módulos y basta que uno se averíe, para que resulte muy difícil que todos puedan llamar), han podido cambiar al interno de módulo, ha podido haber cacheo en el módulo y se han restringido las llamadas… No obstante, si la situación perdura no dudéis en poneros en contacto con nosotros.

Si ocurre una situación extraordinaria y grave en el seno familiar (fallecimiento de algún miembro de la familia, accidente, enfermedad grave…), se puede llamar al centro penitenciario quien buscará al interno y le facilitará la posibilidad de llamar a su familia para que se produzca la comunicación entre ambos.

Cuando el interno está clasificado en primer grado, es un preso FIES, o está ingresado por motivos de violencia de género tiene un régimen especial de llamadas que por lo normal será más restringido. Cuando el juez decreta prisión incomunicada, no le será posible al interno contactar con el exterior mientras permanezca esta medida en vigor.

Aunque os parezca una simpleza puede resultar útil desconectar el buzón de voz de las líneas telefónicas que se tienen autorizadas para recibir llamadas desde prisión. Es mejor, no contestar por cualquier motivo, que hacerle perder una llamada al interno.

Comunicaciones orales (por cristales)

Todas las semanas el interno tiene derecho a una comunicación por cristales con sus familiares o amigos, pero esta actividad también está muy reglada:

-          En cada comunicación pueden asistir 4 familiares, amigos o allegados.

-          Son los familiares los que tienen que solicitarla y concertar la cita llamando al teléfono de “comunicaciones” del centro penitenciario o personalmente en la misma ventanilla.

-          Es el interno el que tiene el derecho de concretar quiénes quieren que vayan a verle. Es por ello por lo que tiene que facilitar a “comunicaciones” los nombres, número de DNI y vínculo con las personas que desea le visiten. Es potestad de la prisión autorizarlos o no.

-          Las autorizaciones para los amigos tienen una vigencia de 6 meses, tras lo cual el interno tiene que volver a solicitar se las actualicen.

-          Para acceder al recinto penitenciario los familiares deben aportar el libro de familia y su DNI. Los amigos deben aportar su DNI. Cuidado con que no están caducados.

-          Esta comunicación tiene limitado el tiempo a 45 minutos y aunque la cita esté concertada con anterioridad, deben personarse en el centro penitenciario una hora antes. Si llegaran tarde y perdieran su turno, pueden solicitar verlo en algún turno posterior siempre que haya locutorios libres. Es mejor llegar con tiempo y estar atentos a las llamadas que le requerirán personarse en ventanilla para comprobar sus datos.

-          Cuando la visita está a punto de finalizar, cinco minutos antes suena una sirena. En ese momento muchos familiares aprovechan para solicitar al funcionario de guardia le pase a su familiar interno algunos documentos importantes (fotocopia de algún procedimiento jurídico, sentencia, acta notarial, fotos…). Nunca podrán ser entregadas cartas personales, pues éstas tienen que ser enviadas por correo postal. De la misma forma el interno, a través del funcionario, puede hacerle llegar a sus familiares el mismo tipo de documentos. De todas formas, hay veces que por motivos de seguridad no se permite hacerlo.

-          Cuando existen medidas de alejamiento, las comunicaciones entre las personas sujetas a dichas medidas están prohibidas.

 

Comunicaciones especiales (“vis a vis”)

Existen tres modelos de comunicaciones “vis a vis” (cara a cara): íntimas, familiares y de convivencia. El interno dispone de dos comunicaciones al mes: una íntima y otra familiar. Según las posibilidades del centro penitenciario, hay veces que se pueden acumular  (dos horas seguidas), y otras intercambiar (íntimas por familiares y viceversa). Siempre habrá que solicitarlo por motivos justificados: lejanía del centro penitenciario, enfermedad o edad muy avanzada de los familiares, situación económica precaria…

El encuentro de convivencia puede solicitarse para ser disfrutado una vez por trimestre. Su tiempo de duración puede llegar a ser de tres horas y tendrá lugar en un local preparado especialmente para acoger niños ya que está pensado para disfrutar de ellos cuando éstos sean menores de diez años.

  1. 1.      Íntimas

-          El interno podrá comunicar de forma íntima con su pareja en unos locales adaptados especialmente para ello al menos una vez al mes.

-          El sexo de la pareja es indiferente.

-          Los familiares están obligados a identificarse con el DNI o pasaporte en el control de comunicaciones.

-          También deberá demostrar el vínculo que le une con el interno por medio del libro de familia, mediante un certificado de matrimonio, de convivencia, o un certificado de empadronamiento conjunto.

-          Si no existe ningún documento que acredite la convivencia entre ambos, el interno debe solicitar su autorización al director del centro penitenciario y en caso de que le sea denegado puede recurrir al juzgado de vigilancia penitenciaria. El centro penitenciario puede establecer un tiempo prudencial para certificar dicha relación y resulta conveniente entre tanto que la persona que quiera acceder a ello empiece a comunicar con el interno por cristales.

-          Los familiares que realicen estas comunicaciones no podrán portar bolsos o paquetes. Tampoco podrán llevar consigo a niños menores.

-          Los familiares deberán personarse en el centro penitenciario una hora antes de la cita concertada con toda la documentación requerida.

-          Mediante instancia, son los internos los que tienen que solicitar estos “vis a vis” y también son ellos los que tienen que facilitar los datos de la persona que los va a visitar.

 

  1. 2.      Familiares

-          Hasta un número de cuatro personas a la vez pueden llegar a comunicar en un “vis a vis” familiar con el interno.

-          Pueden ser familiares, allegados o amigos.

-          Mediante instancia, son los internos los que tienen que solicitar estos “vis a vis” y también son ellos los que tienen que solicitar la autorización y facilitar los datos de las personas que lo van a visitar.

-          Los visitantes están obligados a identificarse con el DNI o pasaporte en el control de comunicaciones.

-          De igual forma, cada uno de ellos debe demostrar el vínculo que le une con el interno (basta el libro de familia) o en el caso de ser amigos deben estar previamente autorizados. Estos datos serán comprobados por el centro penitenciario con los documentos que aporten los familiares a la hora de acceder al mismo.

-          Los familiares que realicen estas comunicaciones no podrán portar teléfonos móviles, bolsos o paquetes. (Cuanto menos cosas se lleven, más fácil será pasar los controles de seguridad).

-          Deberán personarse en el centro penitenciario una hora antes de la cita concertada con la documentación requerida.

-          Hay que tener en cuenta que las autorizaciones de los amigos y allegados tienen una vigencia de 6 meses, tras los cuales, los internos deben volver a pedir se las autoricen de nuevo.

 

  1. 3.      De convivencia

-          Cuando el interno tiene hijos menores de 10 años puede solicitar disfrutar una vez al trimestre de una comunicación especial con ellos.

-          Los menores siempre deben ir acompañados de un familiar mayor de edad que tenga la custodia o tutela del mismo, o en su defecto una autorización de éste.

-          No pude faltar el libro de familia y el DNI o pasaporte del adulto.

-          Tampoco aquí los familiares pueden portar teléfonos móviles, bolsos, paquetes u otros objetos. Son los internos los que pueden aportar al encuentro bebidas o alimentos.

-          Todos los asistentes a las comunicaciones deben personarse una hora antes del encuentro.

Información relativa a la Prisión de Málaga - Alhaurin de la Torre, como acceder, horarios, visitas, teléfono, paquetería, ayuda a familiares, etc.
Prisión de Melilla
Información relativa a la Prisión de Melilla, como acceder, horarios, visitas, teléfono, paquetería, ayuda a familiares, etc.
Prisión de Archidona
En Archidona, centro penitenciario en construcción.
Centro de Inserción Social Evaristo Martín Nieto, en Guadalhorce, Málaga.